Sexualidad libre, derechos sexuales y reproductivos para personas con discapacidad

Fecha de publicación: 02/02/2023

Tiempo de lectura: 2 minutos

Los derechos sexuales y reproductivos son de todos, las personas con discapacidad pueden informarse y decidir de manera libre y autónoma sobre el ejercicio de estos. 

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De acuerdo con el Ministerio de Salud, las personas con discapacidad, al igual que las personas sin discapacidad tienen la facultad de decidir de manera libre, autónoma e informada sobre el ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos. 

¿Conoces los derechos sexuales y reproductivos? 

  • Los derechos sexuales son la posibilidad que tenemos todas las personas de ejercer nuestra sexualidad de manera libre, informada, saludable y satisfactoria.  
  • Los derechos reproductivos nos permiten tomar decisiones libres, responsables y sin discriminación o prejuicios, respecto a nuestro deseo de tener hijos. 

¿A qué derechos sexuales y reproductivos tienen acceso las personas con discapacidad? 

  • Acceso a información, educación sobre reproducción y planificación familiar apropiados para cada persona.
  • Garantías para una maternidad segura.
  • Atención en salud sexual y salud reproductiva, direccionada a la prevención y atención. 

Derechos de las personas con discapacidad  

Con el fin de lograr la igualdad de condiciones en cuestión de derecho sexuales y reproductivos, se establece que se deben tomar medidas efectivas para poner fin a la discriminación en todos los temas de familia, paternidad y relaciones personales, y lograr que las personas con discapacidad estén en igualdad de condiciones con las demás. 

Aun si la persona requiere del uso de apoyos y ajustes razonables para facilitar su proceso de toma de decisiones, tiene capacidad jurídica en igualdad de condiciones en todos los aspectos de la vida. 

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Combatir las barreras del acceso de las personas con discapacidad a sus derechos 

Para eliminar las barreras que puedan afectar el acceso de las personas con discapacidad a los servicios de salud y, por ende, a sus derechos, existen los ajustes razonables. Los ajustes razonables son cambios que deben hacer las instituciones de salud, para eliminar las barreras en la atención de las personas con discapacidad, estas barreras pueden ser: 

  • Físicas 
  • Comunicativas 
  • Actitudinales 

En ningún momento se sustituye la voluntad de las personas con discapacidad durante la prestación de servicios de salud, mas, si es necesario, tienen la alternativa de la implementación de procesos de toma de decisiones con apoyo. 

Hablemos de la toma de decisiones, ¿Qué requieren las personas con discapacidad pada decidir frente al ejercicio de estos derechos?  

Lo que requieren las personas con discapacidad para tomar decisiones frente al ejercicio de sus derechos sexuales y reproductivos es, en primer lugar, contar con información adecuada y suficiente que deberá: 

  • Ser comprensible, imparcial y acorde a la edad, nivel académico y contexto cultural de la persona que la recibe.  
  • Incluir una descripción detallada los procedimientos; qué es, para qué es, riesgos y alternativas.
  • Permitir a las personas conocer su condición de salud y las alternativas de promoción, prevención y tratamiento disponibles para su manejo.
  • Ser presentada mediante el uso de aquellos medios, modos, formas y/o formatos que le faciliten a la persona la recepción de dicha información. 

Apoyos para la toma de decisiones 

Los apoyos para la toma de decisiones de las personas con discapacidad son las estrategias, medios, métodos y recursos que facilitan que las personas con discapacidad puedan tomar decisiones de manera libre, autónoma e informada en relación con sus derechos sexuales y reproductivos:  

  • Apoyos que facilitan la comunicación y el acceso a la información. 
  • Apoyos que facilitan la comprensión, la valoración y la elección de alternativas.

El consentimiento informado  

Uno de los procesos para la toma de decisiones es el consentimiento informado, a través del cual una persona es informada, y tiene la capacidad de decidir la aceptación, respecto a todos los alcances de los procedimientos diagnósticos o terapéuticos que le serán practicados. 

En el caso de personas con discapacidad, incluidos niños y niñas, la realización de procedimientos diagnósticos y terapéuticos que requieran para la atención en salud sexual y salud reproductiva, deberá contar previamente con su autorización mediante consentimiento informado, utilizando para ello los apoyos y ajustes razonables cuando sean necesarios. 

Te invitamos a conocer a detalle las garantías para las personas con discapacidad que busca el Ministerio de Salud y Protección Social, a través de la Resolución 1904 de 2017. 

¡En EPS Famisanar queremos que conozcas y ejerzas libremente tus derechos! 

 

 

¡Conoce como enfatizamos en la inclusión de todas las personas!