¿Cómo funciona la asignación de las UCI COVID y NO COVID en Bogotá?

 

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03/08/2020

Porque sabemos que durante esta época la sensación de incertidumbre y temor a enfermarnos es cada vez mayor, queremos cuidarte, asesorarte y sobre todo informarte, pues recuerda que estar informados en gran parte es una de las formas de hacerle frente al COVID-19. 

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¡Conoce nuestro micrositio de vacunación!

 

En esta ocasión queremos resaltar y darte a conocer la labor que cumplen el Centro Regulador de Urgencias y Emergencia CRUE, el cual desde el pasado 16 de junio, en la ciudad de Bogotá, inició la regulación de las Unidades de Cuidado Intensivo e Intermedio ante la emergencia por COVID-19 para pacientes positivos o sospechosos y desde el 23 de julio para los pacientes con diagnostico diferente a COVID que requieran esta complejidad. 

 

 

¿Qué hacen los CRUE? 

 

Los CRUE son entidades que de la mano de hospitales y clínicas han puesto en marcha planes de contingencia para la pandemia por COVID-19. Además, actúan como el eje de coordinación de la red de salud a nivel territorial, encargándose de hacer seguimiento a la disponibilidad de camas y servicios de salud dispuestos en Colombia no solo para atender el COVID-19, sino también los demás eventos que pueden afectar la salud de las comunidades las 24 horas del día los 7 días de la semana. 

 

 

¿Cómo es el proceso? 

 

Ante la emergencia por COVID-19 las IPS públicas y privadas habilitadas en la ciudad de Bogotá deben: 

 

  • Comunicarse de forma inmediatamente con el CRUE de la Secretaría distrital de salud, donde documentarán los datos y el estado del pacientes COVID-19 sospechosos o positivo y NO COVID, que se encuentre en el servicio de urgencias o de hospitalización y requiera manejo en  una Unidad de Cuidados Intensivos o Intermedios. 
  • Es el CRUE quien direcciona al paciente a la IPS seleccionada según criterio territorial o con mayor disponibilidad del servicio requerido, para lo cual se comunicará con la IPS de destino del paciente. 
  • Es el CRUE quien decide y autoriza si el paciente puedes hospitalizarse en la Unidad de Cuidados Intensivos o Intermedios de su IPS. 
  • Es el CRUE quien contactará a la empresa de ambulancia contratada por la EPS para que realice el transporte secundario del paciente en ambulancia medicalizada a la IPS que se defina. 
  • Las IPS públicas y privadas que tienen habilitados los servicios de Unidad de Cuidado Intensivo e Intermedio no deben reservar camas de estos servicios a ninguna IPS o Empresa Prestadora de Planes de Beneficios sin que medie la intervención del CRUE. 

 

  

Por último, ten presente que a diario los hospitales y clínicas deben reportar la disponibilidad de camas de cuidados intensivos, intermedios y hospitalización para que el CRUE de manera articulada con los profesionales en salud definan el prestador de servicios de salud adecuado para la atención del paciente. 

  

Ahora que lo sabes, comparte la información. 

 

 

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